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Ley Habilitarte, la cual tiene como finalidad (así lo indica su nombre) habilitarlo para que él, de acuerdo a su investidura de presidente, tenga las capacidades de promulgar leyes y decretos por un periodo de tiempo.

La aprobaron fue un duro golpe para la oposición y una Vitoria para el gobierno. La oposición menciona que no esta a favor ni aprobara la ley por cuanto son leyes cubanas y sirven para crear una dictadora en el país para aprovecharse del pueblo, en cambio el gobierno menciona que la oposición al no favorecer la ley esta enconara del bienestar de su patria, de su familia impidiendo que se les ayude y traigan beneficios, por otro lado si nos podemos analizar mientras que ambos lados discuten por sus razones sobre la ley el pueblo dique esperando ayuda de ambos partidos ya que el pueblo lo que necesita es alguien que puede solventar los problemas que esta atravesando. En ves de poner a discutir por cosas que nos entran separando es mejor ayudar al país que necesita de todas nosotros en una unidad.





1) ¿Qué es una Ley Habilitante?

Son aquellas que pertenecen al género constitucional de la delegación legislativa y debe entenderse como, la ley sancionada por la Asamblea Nacional, en las condiciones señaladas por nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que faculta al Presidente de la República para dictar decretos-leyes en las materias que solicite.

2) ¿Cuál es el Marco Jurídico de la Ley Habilitante?

La Constitución de 1999 regula las leyes habilitantes en su artículo 203, último aparte, con el siguiente texto:

Artículo 203.

“Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio.”

3) ¿Cuál es el Alcance de la Ley Habilitante?

De acuerdo a la previsión contenida en el artículo 203 de la Constitución, la ley habilitante, fija las materias sobre las cuales el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela puede dictar decretos-leyesen las áreas donde el ejecutivo nacional requiera legislar, de acuerdo a la situación de emergencia

4) ¿Cuál es el Proceso de Aprobación de las Leyes Habilitantes?

La ley habilitante debe pasar por todo el proceso de formación de leyes, el cual, consta de una serie de pasos, que se mencionan a continuación.
4.1) Presentación del Proyecto de Ley por parte del Presidente de la República

En este caso la iniciativa de las leyes habilitantes corresponde al Poder Ejecutivo Nacional (artículo 204 CRBV ).
4.2) Procedimiento Legislativo en la Asamblea Nacional

Corresponde a la junta directiva determinar si el proyecto que se presenta cumple o no con los requisitos exigidos para la presentación de los proyectos de ley. El proyecto que cumpla con los requisitos señalados en el artículo 145 del RIDAN será distribuido por la Secretaría a los asambleístas dentro de los cinco días siguientes a su presentación.
4.3) Primera Discusión en la Plenaria de la Asamblea Nacional

De acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en la primera discusión debe considerarse la exposición de motivos, y se estudiarán los objetivos, alcance y viabilidad del proyecto de ley. Durante esta primera discusión se discute en forma general el articulado del proyecto de ley a fin de determinar su pertinencia (artículos 208 CRBV y 146 RIDAN).

Si el proyecto de ley es aprobado en primera discusión el mismo es remitido a la comisión especial que conozca de la materia (artículos 208 CRBV y 146 RIDAN).
4.4) Segunda Discusión en la Plenaria de la Asamblea Nacional

Si. Una vez recibido el informe de la comisión correspondiente, la Junta Directiva ordenará su distribución entre los asambleístas y fijará, dentro de los diez días hábiles siguientes, la segunda discusión del proyecto, salvo que por razones de urgencia, la Asamblea decida un lapso menor. La segunda discusión del proyecto de ley se realizará artículo por artículo y versará sobre el informe que presente la comisión respectiva (artículo 149 RIDAN).

Durante la segunda discusión el proyecto también puede ser aprobado, rechazado o diferido.
4.5) Sanción y Promulgación de la Ley Habilitante

Sancionada la ley por la Asamblea Nacional, la misma es enviada al Ejecutivo Nacional para su promulgación y publicación. Mediante el acto de publicación la ley entra en vigencia.

La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “Cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 215 CRBV).



5) ¿Cuántas habilitantes se han aprobado en Venezuela?

Entre 1961 y 1998, el Congreso de la República aprobó seis (6) Leyes Habilitantes que dieron origen a 172 Decretos con Rango y Valor de Ley, únicamente en las únicas materias económica y financiera, porque así lo contemplaba la Constitución de 1961.

Con estas medidas se procuraba:
Adecuar el sistema económico y financiero nacional al sistema capitalista mundial
Debilitar el Estado y reducir la inversión social
Aplicar medidas insustanciales, que no signifiquen cambios estructurales
Aplicar medidas impositivas sobre el pueblo
Redistribuir de manera desigual la riqueza nacional
Fortalecer los capitales transnacionales y, así, implantar el modelo neoliberal
Adecuar los intereses del Estado a los de las oligarquías, en detrimento de las condiciones laborales de los trabajadores.

Desde 1999 hasta el presente, se han aprobado tres (3) Leyes Habilitantes en diversas materias, puesto que La Constitución de 1999 permite autorizar al Presidente de la República a aplicar medidas en cualquier materia de interés nacional:

*Económica, *Seguridad y Defensa Nacional,

*Financiera *Institucionalidad,

*Social, *Seguridad y Soberanía Agroalimentaria,

*Seguridad ciudadana, *En Infraestructura, Transporte y Servicios,

*Ciencia y tecnología, *Desarrollo Nacional,

*Economía socialista *Energía y Petróleo.

Estas leyes fueron aprobadas durante los siguientes períodos presidenciales:

1999. Hugo Chávez (período 1999-2000) Total 160

2000-2001. Hugo Chávez (período 2001-2007) decretos

2007-2008. Hugo Chávez (período 2007-2013) con Rango, Fuerza y Valor de Ley.

Con este conjunto de decretos leyes se buscaba:
Fortalecer el Estado y crear un nuevo marco institucional cercano a las demandas sociales.
Profundizar la transformación del Estado liberal burgués a un Estado socialista
Fortalecer la soberanía energética, entre ellos los hidrocarburos, interrumpiendo la “Apertura Petrolera”
Mejorar progresivamente las condiciones de vida de los ciudadanos.
Fortalecer el sistema de salud y seguridad social integral
Fomentar el modelo económico productivo socialista.
Fortalecer el sistema monetario nacional
Proteger y garantizar al campesinado su participación en el régimen de tenencia de la tierra.
Desarrollar nuevas formas de propiedad: la propiedad social
Democratizar el sistema de transporte y comunicación terrestre nacional
Disminuir las cargas impositivas al pueblo



6) ¿Por qué una Habilitante en este momento?

Necesidad de responder a una situación de emergencia
Inclemencia de la lluvias en las diferentes regiones y localidades del país
Obstrucción y destrucción de las vías de comunicación
Destrucción de viviendas, lo que trajo como consecuencia 132,786 personas ,aproximadamente, ubicadas en 391 refugios a nivel nacional.
Destrucción de grandes extensiones de tierras cultivadas
Deterioro de los suelos
Pérdida de Bienes Materiales

7) ¿Cuáles son los Beneficios de la Ley Habilitante?

Disminuye los tiempos de aprobación de las leyes
Simplifica los trámites administrativos
Agiliza todas las medidas necesarias para dar respuesta a la emergencia
Podrá crear procedimientos administrativos extraordinarios
Da respuesta oportuna y eficaz a los afectados, en materias prioritarias , como: vivienda, agricultura, alimentación, infraestructura, área económica, entre otras.

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